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[1. oharra: Sentencia antigua entre el monasterio de La Oliva y la villa de Carcastillo, era M.CCC.L.VII; Martin
Ximenez de Aybar, abbad XVII.º. Precede encabezamiento en C (AGN. Lib. Bec. La Oliva, f.º XVI r.º /XXVI r.º)] [...] quereillantes e demandantes de la una parte en razon de las diezmas e de la primicia de Carcastillo e de sus terminos, e de la pecha de trigo e de ordio e de dineros, e de la tenencia e fuerça de la casa de la abadia, que es nuestra en la villa de Carcastillo, e de las cosas que de dentro seyan, e de la muert del vaille [...] e entendiamos fazer por adelant por qualquiera manera e razon pudiese seer pensada in dicho contra todo el conceio de Carcastillo de infançones e labradores, cada uno en su grado, e todo el dicho concello de Carcastillo cada uno en su grado defendiente de la otra parte contra nos, e sobre todas las cosas sobredichas e sobre cada una de illas todo el dicho concello de la villa de Carcastillo de infançones e labradores, sin devarramiento ninguno, conceillablemente a voz de pregonero seyendo plegado ante la puerta de la iglesia de San Salvador de Carcastiello, campana tocada, asi como husado e costumbrado ha seido de plegarse de siempre aca en la villa de Carcastiello queriendo conoçer a Dios e todos los drechos de Santa Maria de Oliva e del dicho monasterio [...] por esto meior e ante acabar todo el dicho conceio de Carcastillo oviessen ordenado e stablecidos e fechos sus ciertos generales e speciales procuradores a Xemeno Balaras e a Sancho Cabiel, lures vezinos [...] damos en semble e a cada uno por si e por el todo en cierta forma e en ciertas maneras con carta publica de ius la autoridat del siello del dicho concello de Carcastiello, fecha por mano de Pero Miguel notario publico e iurado del concello de Carcastiello, e otro si de yus la autoridat del siello de la cort segun que por la carta de la dicha procuracion meior se puede leyer e entender, por virtud de la qual procuracion sobredicha los dichos Xemeno Balaras e Sancho Cauiel, procuradores sobredichos, e en voz e en nombre de todo el dicho conceillo de Carcastiello, e por si, en presentia del muyt noble varon don Ponz de Moretanna, vizconte de Aunay governador de Navarra, seyendo en juyzio e leida la dicha procuracion se fuessen echados retinimiento ninguno de yus pora de quatro mill maravedis de buen oro fino e de buen peso, e de ius obligacion de todos los bienes del dicho concello de Carcastiello e de lures bienes, alt e bays, a la merce e a la voluntat de nos don Martin Xemeniz d'Aybar abbat de Santa Maria de Oliva sobredicho, sobre todas e cada una de las cosas sobredichas, sin retenimiento de ninguna cosa, como procuradores del dicho concello e por si relaxando, e dexando, e renunciando, e revocando en persona el dicho conceillo de Carcastiello e por si todos los dichos pleitos [...] en qualesquiere maneras que sean entre nos e nuestro convento de la una parte, contra todo el dicho concello de Carcastiello de la otra parte, de infançones e labradores cada uno en su grado [...] Que el vedado de Sancta Maria de Oliva e del dicho monasterio que sea e este por todos tiempos compecando en Valdeshordenada, como talla el camino que va de Tudela a Sanguesa ata el puntaillo estrecho de la pieça de la (M)alantaria, que es en la Encisa, e de alli a la puent la qual puent esta sobre la acequia que va al regadio de Oliva, por la qual pasan la huva que traen de la vina de Martin d'Enay a Oliva e a Encisa; e de la dicha puent ata el riero de Encisa, e de alli que finque todo el rio pora abebrador a la dicha Orden e a los de Carcastiello pora lures ganados ata el canto del olivar chico, e de alli por medio del rio ata la vina de la sagristania, que finque por vedado a los de Oliva e de Carcastiello a cada uno de su cabo. E que limpie cada uno su afrontacion quando menester fiziere; e que sea mugado de partes del vinedo de Carcastiello porque non se pueda estreyner este dicho rio ata la dicha vina de la sagristania, que non pueda ninguno de Carcastiello, ni otro por ellos, estreyner lo mas que agora es cada uno en su afrontacion, e del somo de la dicha vinna pasando entre el vinedo que es de Carcastiello e la dicha vina de la sagristania ata el somo de la dicha vinna de la sagristania, que esta cerca Carcastiello, e de alli ata la agua de Aragon drecho; e de alli como corre la agoa d'Aragon ata el molinaço de Melida, e de alli pasando dreito por la falda insana del Sasso de la Cabreria, que es de parte de Valdesordenada, ata el camino que viene de Tudela a Carcastiello, segunt que este encerramiento es dicho con la vinna de la enfermeria de los seglares en semble, que finque por todos tiempos por vedado de Santa Maria de Oliva e ningunt vezino ni morador de Carcastiello que cortare arbos de su pie dentro de este vedado, que peche por cada pie diez sueldos de sanchetes al dicho abbat o quien por tiempo sera. // Otro si, fincando los en salvo a los de Carcastiello el abrebador del Sasso de la Cabreria que puedan usar segund que ata agora han usado de abebrar con lures ganados en la cequia del monasterio de Sancta Maria de Oliva e de Carcastiello, e si alli non fallan agoa que puedan yr ad abrebar a la cequia de Melida, taniendo al ganado de yda e de venida entre las mugas como agora estan, non derramando el ganado de la canal que pasa al regadio insano ata la muga que pusiemos de partes del monasterio de Sancta maria de Oliva, quanto todo el camino tiene en ancho, e esto que puedan aver desde el dia de Pascua de mayo ata el dia de San Miguel del mes de setiembre e non en otro tiempo ninguno. E ningun ganado de ganado menudo de Carcastiello que entridiere todo el o en partida, dentro de este vedado sobredicho, el cellerer mediano e dos freyres e dos seglares mesegueros todos en semble o qualquiere de ellos, que desguellen o que hieren una res de dia por cada vegada e de noches dos reses [...] e si vestia mayor enridiere de Carcastiello dentro de este vedado que pechen por cada cabeça un robo de trigo [...] e todas las vinas e pieças que son del orden o seran que son o sean de dentro del vedado de Carcastiello que las goarden los baylles de Carcastiello, e si por ninguno se fiziere dayno en los fruytos que los baylles den dayneros e fagan pagar el dayno o la calonia sobredicha o lo paguen eillos; e en las pieças del naveo que se desfaga el camino que va por medio, e que vaya el camino por delant los huertos de Carcastiello a la nav, e por el estremo de la riba de la agua que finque camino suficient pora los que pasaran en la nav, fincando in salvo el camino que va al batan e el camino que es entre las pieças e los huertos de Carcastiello, segund que agora estan, a toda gent e ninguna bestia mayor de los vezinos e moradores de Carcastiello, que despues que sea sembrada la dicha pieça del naveo o fuere recio de pan, o entrare en ella que peche por cada vegada un robo de trigo mesura de Pamplona [...] Item, ni el abbat ni el convento sobredichos ni el concello de Carcastiello ni otro morador ni vezino ninguno, que agora son ni desde aqui seran en la dicha villa de Carcastieilo, no podamos obra ninguna fazer mas de la que agora es en el prado que es delant el batan ata los huertos de Carcastiello fuera de la sobredicha pieça ata dentro la agoa d'Aragon, nin en el dicho prado nin en la rivera del agua [...] seyendo en salvo a nos e a los de Carcastiello de pacer con todo ganado las yerbas del dicho prado todo tiempo; empero fincando en salvo al abbat e al convento de Sancta Maria de Oliva, pora sin parte del dicho concello toda la fusta que agora es e sera en le oriello de la acequia de las ruedas del monasterio de Sancta Maria de Oliva, que es de partes de los cerrados de Carcastiello e desde el batan ata el arcal de la dicha cequia, que non puedan plantar mas arboles de los que son por el oriello de la dicha cequia [...] Otro si, todos los molledores donde quiere que sean que viniesen a moler a qualesquiere de las ruedas de Sancta Maria de Oliva, que son en todos los terminos del dicho monasterio e de Carcastiello, que non sean peyndradas lures bestias por pacer en todo logar non faziendo dayno en pan nin en vinas [...] Item, que la orden de Sancta Maria de Oliva e el concello de Carcastiello que el arcal e la cequia que la mantiengan segund que ata agora han usado e costumbrado por tiempos [...] E otro si, el dicho concello de Carcastiello que dexen la dicha agua conplida lur vez en tal ora como presa la abran e cumplidos estos ocho dias e ocho noches, que tome el dicho conceillo de Carcastiello la dicha agua cinco dias e cinco noches la una vez, e de cabo el dicho monesterio asi como de primero la tome ocho dias e ocho noches e la otra vez el dicho concello que la tome seys dias e seys noches [...] que non pueda ninguno vezino ni morador de Caarcastiello ni otro por ellos regar por mandamiento de ninguno hombre de orden ni seglar, salvo por mandamiento del abbat o del prior o del cillerer mayor del dicho monasterio [...] e las vezes de Carcastiello acabadas que luego a la ora el mayoral de Carcastiello qui por tiempo sean faga pregonar la vez del dicho monasterio e maguer que sea pregonada que ningun vezino ni morador de Carcastiello, ni otro por ellos, non sea osado de prender ni prenga la dicha agua [...] peche por cada vegada cinco sueldos de sanchetes al dicho abbat e convento e al concello de Carcastiello e partan por medio, e en la sobredicha cequia ata la canal que non pueda ningun morador ni vezino de Carcastiello parar traviesa ninguna [...] e si ningun hombre de Oliva prisiere la agoa en la vez de Carcastiello pague la orden aquella misma calopnia, e complidas las vezes de Carcastiello que el mayoral de Carcastiello luego cierre las filas por guisa que non se pierda agua ninguna [...] e acabadas las vezes de Carcastiello ningun vezino ni morador de Carcastillo que agora son nin por tiempo seran que regare heredat ninguna por estas filas sobredichas ni por otras [...] por cada traviesa que no fuere sacada peche por calonia el mayoral del dicho concello de Carcastiello cinco sueldos de sanchetes al dicho abbat e convento [...] la dicha cequia que es del dicho monasterio e del dicho concello de Carcastiello ningun hombre nin muger del dicho conceillo, nin otro ni otros por ellos, no echen cueros en ningun tiempo [...] Item, que diezmen e primicien todo el concello de la villa de Carcastiello e todos los vezinos e moradores que son e seran por todos tiempos en ia dicha villa [...] Item, el vedado de Larrat con todo el regadio de Carcastiello que finque al concello de Carcastiello por todos los tiempos por vedarl e desvedar e por usar de ello asi como ata agora han usado e costumbrado, salvando la vina de la enfermeria de los seglares e la vina de la sagristania, que fincan pora la orden segund de suso dicho es; e que sean puestas mugas de piedras enderredor de este vedado sobredicho de Carcastiello ata oy en un aynno seyendo hi el abbat o el prior de Oliva o quiceillos por bien tovieren [...] Item, el vedado de la leyna quanto en la leyna que les finque en salvo segund han usado los de Carcastiello ata agora, salvo que todos los ganados de la orden puedan fer corrales e brusquiles suficientes non taillando pino [...] Item, los vedados de Encisa e de estanca villa segund las mugas estan agora e
ençarran enderredor que finquen por todos tiempos a la orden por vedado, e los de
Carcastiello que non entren con lures ganados [...] e el granjero e todos los frayres que fincan en las grangias de Encisa e de Figueruelas, e dos mesegueros seglares de cada granja, e un meseguero de la obra o qualquiere de ellos, que puedan prender una res de dia e dos reses de noche, e de esto que sia entrando el ramado o partida del ramado e ganado mayor de Carcastiello que fuere preso de dentro de estos vedados [...] e ninguno de Carcastiello que reveillare peynos o carneriamento que peche por cada vegada cinco sueldos de sanchetes al abbat e convento de Santa Maria de Oliva e que pierda las reses [...] e este mesmo coto e pena aya todo ganado menudo e mayor de Carcastiello que fuere preso dentro del vedado de la granja de Figaruelas segun las mugas que agora estan enderredor del dicho vedado de la dicha granja de Figueruelas ençarran, e todos los ganados menudos e mayores de Carcastiello que puedan beber todo tiempo en la estanca mayor de Encisa que es fuera del vedado [...] maguer si nengun tiempo la orden quisiere fazer otra estanca dentro de las mugas del dicho vedado de Encisa que los de Carcastiello nunca puedan abrebar alli ningun ganado. maguer si nengun tiempo la orden quisiere fazer otra estanca dentro de las mugas del dicho vedado de Encisa que los de Carcastiello nunca puedan abrebar alli ningun ganado. E en la estanca mayor de Encisa sobredicha, que agora es fuera del vedado, que non puedan pescar ningun hombre vezino ni morador de Carcastillo [...] que sian creidos por su iura el grangero, e los frayres, e los messegueros de la dicha grangia de Encisa e de Figaruelas e de la obra qualquiere de illos, e en todos los otros terminos que son del dicho monasterio de Santa Maria de Oliva e de Carcastiello salvo en todos los vedados sobredichos del dicho monasterio e de las grangias sobredichas el concello de Carcastiello, que pueda vender las yerbas de los terminos de Oliva e de Carcastiello fuera de los vedados do tuvieren a qui quisiere a gentes estrainas por pascer dos mill ovejas, e el abbat qui es o por tiempo sera eso mismo pueda meter de gentes extranias por pascer mill ovejas de aqueyllos logares que el dicho conceyllo vendra e non en otros e que fagan los de Carcastiello saberlo ante al abbat o al prior [...] e no poniendo el conceyllo ganado extrayno que no pueda meter las dichas mill ovejas estranias el dicho abbat, salvo en Larrat de Carcastiello y en el regadio [...] nin puedan vender yerba salvo en sus vedados sobredichos sino Encisa e Figaruelas segund dicho es de suso, ni el concello de Carcastiello que non pueda vender yerbas ningun tiempo del mundo en ningun logar de los terminos de la orden e de Carcastiello, ni en todos ni en partida [...] Maguer todo el vedado de Larrat de Carcastiello el qual es primerament empeçando en la canal que va la agua al monasterio de Oliva, e de alli el rio a suso de Encisa [...] e de alli por entre el pinar e los maylluelos de Carcastiello a la carrera que va de Carcastiello a Sanguesa, e de alli a la agua de Aragon, e por la cequia que va la agua a las ruedas de Meyos, e de alli a la rueda del batan, e de alli al canto de los huertos de Carcastiello fincando los sotiellos e las pieças de los monjes que son clamadas del Naveo en salvo por pazturas pora ellos e pora nos quando non fueren sembradas ni fueren rezios, e de alli por entre los cerrados de Carcastiello e el soto de Oliva al canto primero de la vinna que es clamada de Martin de Abay, e de alli al otro canton de la vinna que es clamada de Martin de Abay fincando la vinna e el soto al monasterio de Santa Maria de Oliva en salvo con fruytos e con yerbas [...] Este es vedado de la leynna de la villa de Carcastiello, empecando en el canto de plan mayor de Carcastillo en dreyt del corral de Meteri, e de alli al canto de Suduzandia aguas vertientes enta el rio de Encisa [...] e de alli por la carrera que vienen los moledores a las ruedas del Congosto, e de alli por la carrera que viend de Tudela a Sanguesa a la eglesia de San Juan de las Eras de Carcastiello, e de aylli por la carrera que van a la fuent de Lodaspa, e de aylli al rio de Encisa [...] que puedan pacer en el dicho vedado de la leyna e fazer las cosas sobredichas por todos tiempos con los de la villa de Carcastiello en semble. E los vedados de la leyna e yerba que finquen en salvo a los de Carcastiello e al abbat e convento de Oliva segund que sobredicho es, que puedan vender la yerba el concello de Carcastiello en su regadio e la yerba de Larrat que han a menos de nos aqui se pagaren; e si ningun ganado del orden fiziere daynno en pan, ni en ricius, ni en vinnas de Carcastiello, que sean puestos dos hombres le uno por la orden e le otro por aquel [...] e si homres o ganados de Carcastiello fizieren dayno en pan in en recios ni en vinnas del dicho monasterio [...] Item, que paramiento ninguno non puedan fazer el conceillo de Carcastiello que sea a preiuizio del abbat e del convento de Santa Maria de Oliva, e de todas las calonias juzgadas o por juzgar asi como de feridas e de nostos e de mesuras falsas que acaescieren dentro en la villa de Carcastiello o en sus terminos, que aya abbat qui agora es o por tiempo sera la meatad e el conceyllo de Carcastiello la otra meatad maguera el homicidio que sea del abbat de Oliva, que agora es o por tiempo sera, quitament pora siempre sin parte del dicho conceyllo de Carcastiello, e el qual homicidio es doscientos moravedis segund fuero de la dicha villa de Carcastiello los quales entendemos seyer de oro. // Item, que non puedan dar los iurados dei dicho concello de Carcastiello mesura ninguna nin peso ninguno ata que sia clamado el baylle del abbat e del conviento de Santa Maria de Oliva, qui agora es o por tiempo sera [...] e que tienga el mayoral del dicho conceyllo de Carcastiello quarta e rovo e otras mesuras e pesos [...] que puedan rancar e lebar piedra si quiere de calcina, si quiere otra piedra, alla a do terran por bien si quiere del vedado de Carcastiello si quiere de los otros terminos de la dicha villa de Carcastiello emendando el danno si dayno fizieren en mieses o en vinas levando la dicha piedra [...] Item en el Saso de la cabreria que es del dicho monasterio e entodos los otros vedados de las granjas del dicho monasterio, nina un vezino nin morador de Carcastiello qui fuere fayllado con faxo de leyna que peche por cada vegada doze dineros de sanchetes al dicho monasterio [...] Item, en todo el vedado de Santa Maria de Oliva, que es dicho de la cabreria con el regadio seyendo dentro las vynas, que non caçe ninguno. de Carcastiello en ningun tiempo del mundo sin voluntad del abbat o del prior del monasterio de Santa Maria de Oliva qui son o por tiempo seran [...] e otro si que si nenguno de la dicha orden fuere fayllado caçando en el vedado de la leyna e de la yerba de Carcastiello, que caya en aquella pena mesma e pague lo que los de Carcastiello han de pagar a nos en el vedado de Oliva al monasterio si cacaren. // Item, que me rienda el dicho conceyllo de la dicha nuestra villa de Carcastiello las cartas de la obligaçion que tiene sabre mi por feycho de la çena que les gane de nuestro seynor el rey don Luys a qui Dios perdone ata de oy en quinze dias. // Item el conçeyllo de la dicha nuestra villa de Carcastiello, que non pueda poner doze ni otros semeiables mas nin menos por nengun tiempo jamas [...] Item, que salga todo el ganado menudo del dicho monasterio de Santa Maria de Oliva e de sus officios e de sus grangias; e todo el ganado menudo de Carcastiello del termino del dicho monasterio e de Carcastiello a la Bardena del rey, un mes o quanto nos abbat de Santa Maria de Oliva, que agora somos o por tiempo sera e el conceyllo de Carcastiello, otoviere por bien salvado si cada uno de los sobredichos quisiessen tener lures ganados en lures vedados sobredichos de la yerba, e si mientre fueren en la Bardena los ganados del dicho monesterio e de sus officios e grangeas e de los de Carcastiello e si algunos de los ganados sobredichos entridiesen en los dichos terminos de Oliva e de Carcastiello ante del dia signado por el dicho abbat o qui por tiempo sera e conceillo de Carcastiello, que los pastores de la dicha orden de Santa Maria de Oliva a los de Carcastiello puedan carneriar e los pastores de Carcastiello a los de la dicha orden de cada ramada de dia una res e dos de noche, e el carneamiento fecho que tornen a la dicha Bardena el dicho ganado, e quantas vegadas tornaren tantas vegadas que puedan carnear en la manera sobredicha, es a saber, los del monesterio e los offiçiales e de las grangeas a los de Carcastiello e los de Carcastiello a los del monesterio e de los offiçios e de las grangias; e los jurados e los messegueros de Carcastiello que ayan poder de carneriar en la manera sobredicha en este tiempo que saldran. E todos los pastores de Oliva e de la orden e del concello de Carcastiello que juren cada vegada que ayan de salir que bien e lealment guarden de non entrar en el termino con el ganado, e si ante del dia signado por el abbat quisieren los de la orden sacar lures ganados de la dicha Bardena del rey que los de Carcastiello que los puedan sacar lures ganados de ia dicha Bardena. // Otro si, si calçina quisiessen fazer el abbat o los offiçiales o los grangeros de Santa Maria de Oliva qui agora son o por tiempo seran que puedan en el forno que agora es dentro en el vedado de Carcastiello fazer la dicha calçina, e si el dicho forno cayese fazerlo encara de nuebo e tornar leyna e piedra del vedado de Carcastiello pora cremar la calçina sobredicha [...] e cada que el dicho abbat o el convento o los grangeros sobredichos, quissiessen fazer calçina en el dicho forno si el conçeyllo de Carcastiello quisiere fazer calçina con ellos en semble con de la dicha leynna e piedra del dicho vedado que la pueda fazer pagando la meatad de las messiones [...] Item, quando pagaren la pecha del trigo e del ordio segund la sentençia de la Cort el mayoral de Carcastiello, qui fuere por tiempo o otro por eyll, que impla el covo aplanando con la mano primero en guisa que falta no aya al raer [...] Item, los quinientos sueldos de sanchetes que deven por la pecha al monasterio de Santa Maria de Oliva que los paguen e pechen el conçeyllo de los labradores de Carcastiello a tercero dia empues Todos los Santos cada aynno, por todos tiempos al dicho monasterio de Santa Maria de Oliva dentro en el dicho monasterio, e si non oviessen pagado al sobredicho dia sin citar ni amonestar que de portero o porteros la Cort Mayor de Navarra sobre el dicho conçeyllo de los labradores de Carcastiello ata que ayan pagado e pechado los sobredichos dineros en el dicho monasterio de Santa Maria de Oliva al dicho dia a nos, el dicho abbat qui agora somos o a qui por tiempo sera o a qui nos mandaremos o el que por tiempo sera, soviendo los dichos porteros sobre la emparança que sera sobre el dicho conceyllo de los lavradores de Carcastiello ata que ayan pagado [...] Item, el vedado de Peynas de Culuebras segunt las mugas que agora estan e los moiones encierran, que finque por vedado del dicho monasterio de Oliva del primer dia del mes de genero ata el primero dia del mes de septiembre siguiente, e del primero dia de septiembre ata el primero dia del mes de genero siguiente que son quatro meses que finque por paçto a todos los ganados menudos e regranados del abbat e conviento de Santa Maria de Oliva e de sus grangias e de todas sus pertinençias e de todo el conçeyllo de Carcastiello, por todos tiempos, cada aynno e de todo ganado que fuere de la orden e de sus grangias que entridieren en el vedado de la yerba que es del conçeyllo de carcastiello, que los de Carcastiello puedan prender e prengan e carnerien de dia una res e de noche dos reses de cada ramado [...] si los de la orden e de sus grangeas prisieren leyna en el vedado que es de la leyna de Carcastiello, salvando los que fincan e fincaran en las ruedas del Congosto, e los moledores segunt que sobredicho es salvo en la manera sobredicha, que paguen tales calonias como deven pagar los de Carcastiello en los vedados de la orden [...] e de todas las calonias que acaesciesen de los de la orden enta los de Carcastiello e de los de Carcastiello enta la orden que sean pagados ata ocho dias empues el malefiçio fecho. E las heredades que la dicha orden o sus officiales compradas han en termino de Carcastiello e heredan e possedecen agora, que a la dicha orden finquen e sean por suyas propias por todos tiempos sin contrasto e embargo ninguno del dicho conçeyllo de Carcastiello nin de alguno de yllos, e si alguno o alguna de las gentes de Carcastiello que fuere lexar heredat o mueble a la dicha orden por su anima que lo pueda fazer [...] e de aqui adelant el mayoral e los iurados qui agora son e por tiempo seran en la villa de Carcastiello que non puedan pregonar nin fazer conçeyllo sin le alcalde e sin su conseyllo, qui agora es o por tiempo sera, seyendo eyll en la villa o en los terminos de Oliva e de Carcastiello [...] si en partida o en todo el dicho conçeyllo de infançones e de labradores de Carcastiello, viniesen a todos en semble o alguno de eyllos, que voz de conceyllo fiziesse contra [...] eyllos seran por tiempo o a sus lugarestenientes que asi como sobredicho es, en todas las cosas sobredichas e en cada una de eyllas al dicho conçeyllo de Carcastiello de infançones e labradores, cada uno en su grado, lo quieran fazer guardar e mantener [...] obligamos a la seynoria mayor de Navarra e al governador o al su logarteniente, qui por tiempo seran, e a vos el dicho conçeyllo de Carcastiello, de infançones e lavradores, todos los bienes de la dicha orden movibles e rayzes [...] E otro si, requirimos e mandamos a vos Pero Miguel escribano publico e iurado del conçeyllo de Carcastiello que de esto e de todo lo que sobredicho es e por esta carta se demuestra enfagades dos cartas publicas de una forma de las quales tenga el conçeyllo de Carcastiello la una e nos la otra. E nos don Sancho Lopiz alcalde de Carcastiello, e Miguel Ochoa mayoral, e Pero Gil infançon iurado, e Sancho Sanz cabrero, e Ioan X Sanz Ezquerra, e Domingo Periz de Peruxue, e Sancho Sanz el texedor iurados del conçeyllo de Carcastiello , e Xemen Valaras, e Sancho Çaniel procuradores del dicho conçeyllo de Carcastiello; e nos todo el conçeyllo de infançones e lavradores de Carcastiello de buena e de agradable voluntat, e de çierta çiençia e saber, veyendo e entendiendo e conosciendo nuestro bien e la nuestra proloamos e consentimos e habemos por bueno todas las ordenanças e sentençias que vos, el dicho don Martin Xemeniz de Aybar por la gracia de Dios abbat del monasterio de Santa Maria de Oliva con otorgamiento del prior e de los offiçiales e convento sobredichos, avedes ordenado e dicho e sentenciado [...] nos alcalde iurados e mayoral e procuradores del conçeyllo de Carcastiello sobredichos e todo el conçeyllo de infançones e labradores de Carcastiello, qui somos aqui presentes, ponemos el nuestro sieyllo pendient en este publico instrument [...] E otro si, requisimos e mandamos a vos el dicho Pero Miguel, escribano público e iurado nuestro del dicho conçeyllo de Carcastiello, que de todas las cosas sobredichas e de cada una de eyllas ende fagades dos publicos instrumentos de una forma de los quales instrumentos tienga el uno el abbat e officiales e conviento sobredichos e nos el dicho conçeyllo de Carcastiello el otro [...] e yo Pero Miguel, escribano publico e iurado del conçeyllo de Carcastiello, a rogarias e mandamientos del abbat, e del prior, e de los offiçiales e de todo el g convento sobredichos, e de don Sancho Lopiz alcalde de Carcastiello, e de Miguel Ochoa mayoral, e de Pero gil infançon, e de Sancho Sanc cabrero, e de loan Sanz Ezquerra, e de Domingo Periz de Peruxue, e Sancho Sanz texedor, iurados, e de Semen Balazas e Sancho Caniel procuradores del dicho conçeyllo de Carcastiello, e de todo el dicho conçeyllo de Carcastiello de infançones e de labradores sobredichos e de todos los testigos de suso escriptos, escrivi este publico instrumento e el otro que es de esta mesma forma, el qual fue fecho lunes veynt e dos dias andados del mes de octobre, era millesima CCC.LVII
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Que: Herria
Où: Nafarroa
Origine:
FDMPV.004